domingo, 28 de abril de 2013

LEY DE AMPARO

Diego Cuevas Rosas:


CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 2, 2013.- Este martes, la Secretaría de Gobernación (Segob), publica en el Diario Oficial la Ley de amparo, que este lunes promulgó el presidente Enrique Peña Nieto.
Las disposiciones contenidas en más de 271 artículos permitirán aplicar la reforma que se hizo a la Constitución en la materia, publicada en el Diario Oficial el 6 de junio de 2011.
Esta legislación modernizará y adecuará el juicio de Amparo y ampliará el ámbito de su protección.
En el título primero se expiden las disposiciones fundamentales y se establece que el juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:
I. Por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;
II. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la esfera de competencias del Distrito Federal, siempre y cuando se violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y
III. Por normas generales, actos u omisiones de las autoridades de los Estados o del Distrito Federal, que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal, siempre y cuando se violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El amparo protege a las personas frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares en los casos señalados en la presente Ley.
El juicio de amparo se tramitará en vía directa o indirecta. Se substanciará y resolverá de acuerdo con las formas y procedimientos que establece esta Ley.
A falta de disposición expresa se aplicará en forma supletoria el Código Federal de Procedimientos Civiles y, en su defecto, los principios generales del derecho.
De acuerdo a los artículos transitorios, este decreto entrará en vigor a partir de este miércoles
Si quieres ver un video de cuando el presidente promulga la ley haz click

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