martes, 30 de abril de 2013

Ley de amparo :


La nueva Ley de Amparo permite ahora reclamar violaciones a los derechos humanos reconocidos por la Constitución y los tratados. Antes, solamente se podían hacer valer las “garantías individuales” protegidas por la Constitución.

Los jueces federales deberán ahora no sólo velar por la “constitucionalidad” de los actos de autoridad y proteger a los ciudadanos ante la violación de sus derechos, sino también ser garantes del control de la “convencionalidad”, cuando exista la demanda de protección de los derechos derivados de alguna norma que esté contenida en un tratado internacional ratificado por México.

El amparo abre la puerta al concepto del “interés legítimo”, que permitirá a una persona ampararse cuando el acto reclamado afecte su esfera jurídica; ya sea de manera directa o indirecta o bien por su particular situación frente al ordenamiento jurídico.

Las sentencias tendrán efectos generales y no exclusivos para quien resulte amparado por la Justicia; se extenderá a todo ciudadano que se encuentre ante ese supuesto. Lo anterior, sólo cuando una norma general sea declarada inconstitucional y no aplicará en el caso de normas tributarias.

Cuando la SCJN resuelva la inconstitucionalidad de una norma —en juicios de amparo indirecto— por segunda ocasión, deberá informar a la autoridad emisora para su conocimiento; y si transcurrido el plazo de 90 días naturales no se ha superado el problema de inconstitucionalidad, la Corte emitirá —siempre que sea aprobada por mayoría de ocho votos— la declaratoria general de inconstitucionalidad.

La suspensión del acto de autoridad reclamado, en tanto se dicta una sentencia definitiva de amparo, se acotará cuando su aplicación afecte el interés social o el orden público; se evite que continúen funcionando centros de vicio, lenocinio y establecimientos de juegos con apuestas y sorteos; asimismo, para privilegiar y ponderar el criterio de “interés social” en el otorgamiento de suspensiones, cuando se trate de concesiones relacionadas con bienes públicos.

 Para mi esta ley me agrado por que : es una oportunidad es decir un (recurso) que tienen los ciudadanos de  reclamar  violaciones a los derechos humanos.
SUSAN ARELY MONTELLANO

1 comentario:

  1. Bien, creo que es más positivo para ti hacerlo al contrario. Más de tu apreciación y crear enlaces con información que enriquezca lo que describes.
    Ánimo!

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