viernes, 26 de abril de 2013

Diego Alberto Nuño Gòmez:ley de pensiones del estado de Jalisco

Noticias - Jalisco Mexico
 
   
El día de hoy, el Poder Ejecutivo, de acuerdo con los compromisos con el Poder Legislativo, presentó dentro del plazo convenido la iniciativa de Ley de Pensiones del Estado.

Los cambios a los sistemas de pensiones es un tema de índole mundial. La modificación en la pirámide de la población, dados los avances médicos y tecnológicos, se han traducido en un incremento considerable a las expectativas de vida.

Los cambios en la relación entre trabajadores activos y pensionados han impactado a los esquemas de financiamiento de los sistemas de pensiones, por lo que muchos países del mundo realizaron modificaciones estructurales a sus sistemas pensionarios.

Nuestro País no es ajeno a esta situación y es por ello que se han llevado a cabo modificaciones estructurales entre las que resaltan las reformas a la Ley del IMSS y la reforma a la Ley del ISSSTE.

En el ámbito de las entidades federativas, son ya varios estados de la República los que han reformado sus sistemas. En Jalisco, cuando nace la Dirección de Pensiones del Estado en 1954, la esperanza de vida era de 53 años, mientras que para 2009 es ya de 75, y se espera que para 2030 llegue hasta los 80 años. Esta situación ha provocado en automático, un periodo de pago de pensiones de 22 años más.

También se ha presentado una disminución en la tasa de crecimiento de los servidores públicos, ya que en los últimos 10 años la tasa anual de crecimiento ascendió a 1.5 por ciento, mientras que el incremento de los pensionados para el mismo periodo fue de 180 por ciento. El pago total de la nómina de pensionados pasó de 111.20 millones de pesos, a 1 mil 393.90 millones de pesos, es decir el 1 mil 153.51 por ciento de incremento.

Pensiones del Estado, se encuentra en el último año de acumulación de reservas, que al cierre de 2008 ascendían a 15 mil 200 millones de pesos. Será a partir de 2010 que se empiece a hacer uso de aquellas y se agoten definitivamente para el año 2019, fecha en que será necesario buscar recursos externos para hacer frente al pago de pensiones, atención médica y otras obligaciones.

La situación anterior implica la reducción del otorgamiento de préstamos para los servidores públicos, tanto los de corto y mediano plazo, como los destinados para adquirir o mejorar vivienda. En una primera etapa se reducirán y posteriormente se tendrán que eliminar.

Sobre la base anterior, es en estos momentos que Pensiones del Estado se encuentra en el punto crucial para efectuar una reforma estructural a su Ley, si ésta no se lleva a cabo, irremediablemente sucederá lo descrito con anterioridad, pero si se aprueba de manera integral por el H. Congreso del Estado de Jalisco en los términos planteados por el Ejecutivo, se garantizará en el largo plazo el pago de las obligaciones pensionarias.

Esta reforma tiene las siguientes características:

a) Desde el punto de vista social, continúa con el esquema de solidaridad intergeneracional;
b) Incorpora algunas prestaciones de seguridad social que actualmente no contempla la Ley;
c) Contrario a otros esquemas de seguridad social en esta reforma se garantiza los derechos adquiridos por los actuales pensionados;
d) De igual forma, se respetan las expectativas de derecho para los actuales servidores públicos en activo;
e) Es un sistema de pensiones justo, equitativo y factible para las futuras generaciones de servidores públicos;
f) Desde el punto de vista financiero, asegura la viabilidad de largo plazo por medio del ajuste de las aportaciones actualmente insuficientes, y
g) Da certidumbre al cumplimiento del pago futuro de pensiones y demás derechos para los pensionados y servidores públicos.

Sobre la base anterior, queda claro que por razones estructurales es necesario realizar una reforma a la Ley de Pensiones del Estado de Jalisco. Con este nuevo esquema que se propone, se dará solución a la problemática en que se encuentran diversos organismos públicos, como los Hospitales Civiles de Guadalajara, respecto a las prestaciones de seguridad social de servidores públicos de conformidad con los acuerdos establecidos para este efecto.

Sobre la base anterior, la única solución factible es la Reforma Integral y Estructural a la Ley de Pensiones del Estado de Jalisco, la cual tiene los beneficios sociales y económicos descritos previamente y de manera específica contempla los siguientes beneficios:

· El actual organismo público descentralizado denominado Dirección de Pensiones del Estado, se propone se cambie de nombre por Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.
· Con la finalidad de conservar el poder adquisitivo, se garantiza el incremento a las pensiones, cuando menos, de acuerdo a la inflación.

· Dado que era una carencia de la actual Ley, se incluye la pensión por viudez y orfandad para actuales y futuras generaciones de los afiliados en activo.

· Se fortalece el esquema de invalidez, por lo que se incluye la pensión por riesgos de trabajo para actuales y futuras generaciones.

· Para lograr el equilibrio financiero y dar viabilidad permanente a la institución, se establece el incremento de las aportaciones totales en forma gradual en 8 años para el patrón y las actuales y nuevas generaciones de un 13 por ciento a un 32 por ciento, distribuidos de la siguiente manera:

Año
Trabajador vivienda (%)
Entidad pública adicional (%)
Patronal (%)
Total
(%)
Regular (%)
2009
5.0
5.0
3.0
0.0
13.0
2010
5.5
5.5
3.0
0.5
14.5
2011
6.5
6.5
3.0
1.0
17.0
2012
7.5
7.5
3.0
1.5
19.5
2013
8.5
8.5
3.0
2.0
22.0
2014
9.5
9.5
3.0
2.5
24.5
2015
10.5
10.5
3.0
3.0
27.0
2016
11.5
11.5
3.0
3.5
29.5
2017
11.5
11.5
3.0
4.5
30.5
2018
11.5
11.5
3.0
6.0
32.0

· Se amplía la gama de préstamos hipotecarios, para ser otorgados para las actuales y nuevas generaciones. De esta manera se podrán otorgar más de uno, una vez liquidado el préstamo anterior, independientemente de que ya se cuente con vivienda propia.

· En virtud de los incrementos en la esperanza de vida, se establece una edad mínima de 65 años y 30 años de cotización para la pensión por jubilación para nuevas generaciones.

· Con el fin de evitar pensiones muy elevadas, se establece un tope a la pensión de 35 veces el salario mínimo general de la Zona Metropolitana de Guadalajara para nuevas generaciones.

3 comentarios:

  1. miguel piña : escogiste muy buena ley ya que el que trabaja mucho tiempo merece esa ley

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  2. se me hace muy padre tu ley nada mas que debiste a ver puesto tu ounto de vista, tu opinion , o algo asi...
    REGINA

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  3. Comparto el anterior comentario. Animo! Poco a poco iremos aprendiendo más cosas.
    Prof. Víctor.

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